A partir del 27 de enero se abrirá una nueva convocatoria para solicitar ayudas económicas a los establecimientos de más de 400 m2 y establecimientos ubicados en centros comerciales, los cuales tuvieron que cerrar el pasado 7 de enero.
La ayuda económica es de 3.750€, un único pago por Sociedad y se adjudicará por orden de solicitud. Destacamos los requisitos que piden para solicitarla:
- Ser una persona autónoma (estar dado de alta en el régimen de autónomos) o una PYME.
- Tener el establecimiento operativo en Cataluña.
- Haber suspendido la actividad, de acuerdo con la Resolución SLT/1/2021, de 4 de enero, para la cual se prorrogan y se modifican las medidas en materia de salud pública para la contención del brote epidémico de Covid-19 en el territorio de Cataluña.
- Cumplir con las obligaciones tributarias del Estado, la Generalitat de Catalunya y la Seguridad Social.
- No estar en ninguna de las circunstancias que impidan adquirir la condición de beneficiario/a de acuerdo con la normativa en materia de subvenciones.
- Cumplir con los requisitos y obligaciones que se establecen en las normativas de prevención de riesgos laborales, seguridad y salud en el trabajo, relaciones laborales, erradicación de la violencia machista, igualdad de trato e inclusión de las personas con discapacidad.
- No estar en situación de crisis, es decir, en concurso de acreedores.
- Respetar la normativa vigente en materia de desarrollo sostenible.
- En el caso de que las personas beneficiarias sean personas físicas empresarias, hay que estar dado de alta en el censo del impuesto sobre actividades económicas.
- En el caso de que la realización de la actividad use cualquier elemento susceptible de generar derechos de autor, deberá cumplir con la normativa sobre propiedad intelectual.
- Cumplir con la obligación de comunicar la obtención de otras subvenciones públicas o privadas para la misma actividad.
- Cumplir con cualquier otra obligación legal o reglamentaria que les pueda afectar.
Para más información pueden consultar este link de la Generalitat.
El plazo para solicitar esta ayuda de del 27 de enero a las 9h hasta el 10 de febrero a las 14h. Si necesitas que te ayudemos a la hora de solicitarlo, contacta con nosotros.
Área Fiscal Contable, Mª José Montero.